En la administración legislativa anterior se propuso un proyecto de “Ley de unión civil para personas del mismo sexo” (n.16390). Actualmente tiene un texto sustitutivo que se denomina “Ley de sociedades de convivencia”. Por ahora, está en espera de ser puesto a discusión en la Asamblea. Sin embargo, grupos conservadores y religiosos presentaron ante el Tribunal Supremo de Elecciones una solicitud para poner a decisión plebiscitaria la nueva figura jurídica.
Un referendo bajo estas condiciones es contradictorio con la aspiración a vivir con cada vez mayor democracia; en particular, si se pretende incorporar sin cortapisas la tolerancia y la equidad como forma de convivencia. Para comenzar, con este referendo la mayoría estará decidiendo sobre el otorgamiento o no de derechos humanos para una minoría, cosa que contraviene disposiciones de derechos humanos reconocidos en el ámbito internacional. No es que a la población se le va a pedir una opinión, es que el resultado tendrá consecuencias políticas y legales sobre la minoría en cuestión. La Defensoría de los Habitantes ya se pronunció al respecto de manera categórica y muy bien argumentada.
Un plebiscito así no se efectuaría de manera equilibrada, madura, informada y democrática. Es perfectamente sabido, estudiado y diagnosticado que nuestra sociedad adolece de extendidos sentimientos patriarcales y homofóbicos; que existe una gravísima ignorancia y desinformación sobre sexualidad y en particular sobre el fenómeno de la homosexualidad; que mayoritariamente los poderes político, religioso y de la información reproducen discursos contra la minoría homosexual; que todavía no se comprende que la preferencia sexual es algo con lo cual se nace y no algo que se aprende o que “se pega”. Es bajo estas condiciones que el referendo terminará diciéndole a la minoría que siga sometida a la discriminación y los prejuicios de la mayoría. Además, es lanzar a ese sector de la población al escarnio, a más estigmatización, dolor e impotencia. También tendría, como consecuencia política, dificultarle aún más a este grupo de ciudadanos la posibilidad de que pueda, por otros medios como el legislativo, obtener tales derechos. Si la ley actual de referendo permite este tipo de situaciones, esa ley debe ser cambiada: el referendo debe ser para asuntos que afectan a toda la población y no debe contemplar asuntos de derecho de las minorías.
¿Será acaso que detrás de la convocatoria al referendo existe el supuesto prejuiciado y supersticioso de que la eventual aprobación de la unión entre homosexuales afecta a toda la población porque este “mal” se extenderá y “se nos va a pegar” a todos? Un argumento falaz es que si se aprueba la nueva figura jurídica, se estará “desprotegiendo” a la familia heterosexual. ¿Pero de qué manera se desprotege? La población heterosexual, casada, “juntada”, divorciada o soltera seguirá viviendo como siempre lo ha hecho.
Las parejas homosexuales existen desde siempre, ¿eso en qué ha afectado a la mayoría heterosexual? Las amenazas al modelo idealizado de matrimonio provienen más bien de la misma realidad bajo la cual se desenvuelve la institución matrimonial: aumento de divorcios, importante cantidad de uniones libres, decrecimiento de los matrimonios religiosos, etc.
¿Y qué es lo nuevo en la ley? Es para otorgarle derechos a las parejas del mismo sexo en cuestiones circunscritas a aspectos legales y patrimoniales, de salud de la pareja, asuntos bancarios y financieros, así como de vivienda, entre otros asuntos. Es falso que tenga el mismo rango del matrimonio y no tiene nada que ver con asuntos de adopciones.
Oponerse o apoyar este plebiscito no es un asunto de heterosexuales contra homosexuales, como parecen entenderlo algunos; es un asunto entre quienes defienden los derechos de las minorías, cualesquiera que fueran —en contra de situaciones de exclusión, inequidad, prejuicio, racismo, oscurantismo u otras formas de discriminación— y quienes no apoyan esos derechos. Por ejemplo, no todos los heterosexuales somos homofóbicos, pero habrá homosexuales en algunas Iglesias que se plegarían a los mandatos discriminatorios sobre este asunto. Por cierto, esta materia no debe ser resuelta tampoco desde lo religioso, sino desde los derechos humanos.
Campus Digital Julio 2010,
Universidad Nacional

No hay comentarios:
Publicar un comentario